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Preguntas frecuentes sobre
el Protocolo de Prevención y Actuación ante Conductas de Acoso y Hostigamiento Sexual y Laboral y Otros Tipos de Violencia y Discriminación

#YaEsHora

¿Qué es y para qué sirve el Protocolo de Prevención y Actuación ante Conductas de Acoso y Hostigamiento Sexual y Laboral y Otros Tipos de Violencia y Discriminación?

Es una herramienta práctica que contiene políticas y lineamientos de conducta aplicables a las personas integrantes de una organización. Su función es orientar al equipo de trabajo sobre las acciones que puede realizar para prevenir la violencia y la discriminación o bien para actuar ante conductas de esa índole, a través de los medios efectivos de consulta, investigación y resolución.

¿Cómo se compone el protocolo?

El protocolo contempla medidas de prevención, atención (¿cómo atender los casos de forma inmediata?), denuncia, investigación y resolución. Sus componentes principales son:

  • Conceptos básicos: establece las definiciones de violencia y discriminación en general y particularmente de acoso y hostigamiento sexual y laboral.
  • Políticas de la organización: contiene las políticas institucionales que puntualizan los límites establecidos por cada organización dentro de los cuales se espera se conduzcan quienes participan en sus actividades.
  • Determina medidas preventivas orientadas a promover un ambiente de respeto.
  • Procedimientos de consulta, queja y resolución: detalla los medios efectivos de actuación y resolución de incidentes ocurridos entre quienes participan en los proyectos de la industria. También establece las formas de brindar apoyo y acompañamiento a la persona afectada, así como las medidas disciplinarias y restaurativas aplicables a quien resulte responsable. Es un procedimiento expedito, no revictimizante, imparcial y exhaustivo.
    El protocolo también contempla componentes de conciliación para la resolución de los casos de carácter laboral.

¿A quiénes protege?

El protocolo protege y sujeta a sus políticas y lineamientos a todas las personas que colaboran de forma permanente y temporal en la organización, sin ningún tipo de discriminación. Esto incluye también a las que asisten y patrocinan sus eventos; a las que son proveedoras de servicios; a clientes; a quienes ceden sus derechos de uso de imagen y a aquellas personas con quienes existe la posibilidad de formalizar una relación contractual o laboral.

¿El protocolo me protege aunque la conducta no haya sucedido en el set o en los espacios de trabajo, sino en un bar, hotel, un automóvil o una casa, etc.?

Sí. El protocolo se extiende a lugares fuera del espacio de trabajo e incluso a horarios no laborales, siempre y cuando las acciones sucedan entre personas colaboradoras de la organización, actuales o potenciales. Este alcance obedece a que las conductas de acoso u hostigamiento sexual o laboral o cualquier otro tipo de violencia o discriminación sucedidas en lugares públicos o privados también inciden negativamente en la relación de quienes participan en los proyectos e impactan en el ambiente de respeto y seguridad que se promueve.

¿Quién lleva a cabo la investigación y la resolución de casos?

El proceso de investigación y resolución se puede llevar a cabo a través de un mecanismo interno o externo a la compañía.

Interno: La organización elige instalar un comité formado por personas integrantes del equipo de trabajo permanente, quienes serán responsables de materializar el contenido del protocolo mediante la investigación y resolución de las quejas, así como de recomendar la aplicación de las medidas correspondientes.

Externo: La resolución del caso queda a cargo de un consejo privado, externo a la organización y avalado por el Boston Center. Dicha instancia será la encargada de aplicar el protocolo, a través de una investigación apegada al debido proceso, expedita, imparcial y objetiva. La compañía puede contratarlo de forma permanente, por caso o solo durante las producciones o los rodajes.

¿Qué conductas abarca?

El protocolo abarca el acoso y el hostigamiento sexual y laboral y otros tipos de violencia y discriminación. Concretamente:

Tipos de violencia Tipos de discriminación
Física, laboral, psicológica, sexual, digital, de género. Por motivos de sexo, orientación sexual, identidad o expresión e género; color de piel, lugar de nacimiento, edad, maternidad, religión o espiritualidad; por motivos de enfermedad, neurodivergencia o discapacidad; ideología política, apariencia física o estatus social.

¿Cómo pueden acceder las organizaciones al protocolo?

Gracias al trabajo colaborativo del Boston Center, ocho casas productoras y Ya Es Hora, el protocolo codiseñado podrá ser adaptado por otras casas productoras a un costo menor al del mercado. De la misma forma, un protocolo semilla creado por Ya Es Hora y el Boston Center puede ser adoptado por otras áreas de la industria como distribuidoras y festivales. Mediante el pago de una licencia de uso y adaptación, las compañías pueden acceder a estos protocolos de forma permanente. La adopción de dicha herramienta incluye un taller de sensibilización para todas las personas que laboran en las organizaciones, además de las sesiones de trabajo con el Boston Center para adaptar dicho protocolo a las características y necesidades específicas de cada compañía, a su cultura y sus valores.

¿Por qué es importante la adopción de estas herramientas?

El protocolo es una herramienta esencial. No solo ofrece medidas disciplinarias o restaurativas, sino que previene la violencia y fomenta una cultura de respeto, diversidad y comunicación asertiva al interior de las organizaciones. Asimismo, promueve la cultura de la denuncia, no sólo al interior de las compañías, sino ante las autoridades competentes, pues también crea antecedentes desde los ámbitos civil y penal, que respaldan y visibilizan las experiencias de las personas denunciantes.

Contacto

Ya Es Hora
protocolosyaeshora@gmail.com
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The Boston Center
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